Como una manera de apoyar a nuestros clientes y visitantes es que hemos creado este espacio, donde usted podrá enviarnos sus preguntas; para ello, debe enviarnos sus datos, su pregunta y un experto de Tuedificio.cl lo atenderá.
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Tuedificio.cl, presta servicios de Administración de Condominios y Edificios acogidos a la Ley 19.537, orientada a las siguientes actividades: – Administrar en forma permanente, Condominios y Edificios ubicados en diversos barrios de Santiago
Cada día son más las comunidades las que confían en el servicio de administración de edificios que ofrece Tuedificio.cl porque no solo administramos, sino que orientamos a la comunidad en el correcto funcionamiento de esta, asegurándonos de que todos los aspectos legales y operacionales estén siendo cumplidos y si no, otorgando las herramientas necesarias para [...]
El “acceso a clientes” es un espacio diseñado para que los clientes que lo soliciten puedad acceder en linea a la informacion de su comunidad, teniendo de esta manera un “diario mural” virtual que revisar desde cualquier lugar sin necesidad de depender de la informacion publicada en forma fisica. A traves de esta herramienta podras [...]
El Registro Nacional de Administradores de Edificios (RNA) es una iniciativa que tiene por objetivo central, otorgar apoyo gremial, asesoría y respaldo a los alumnos egresados del Diplomado en Gestión Inmobiliaria y Administración de Edificios. Pretende poner en servicio un Código de Ética , ya redactado, la prestación de innumerables servicios de índole social, como [...]
mayo 15th, 2011
admintue Como una manera de apoyar a nuestros clientes y visitantes es que hemos creado este espacio, donde usted podrá enviarnos sus preguntas; para ello, debe enviarnos sus datos, su pregunta y un experto de Tuedificio.cl lo atenderá.
abril 5th, 2011
admintue Tuedificio.cl, presta servicios de Administración de Condominios y Edificios acogidos a la Ley 19.537, orientada a
las siguientes actividades:
- Administrar en forma permanente, Condominios y Edificios ubicados en diversos barrios de Santiago
abril 5th, 2011
admintue Un proyecto de ley busca que todas las comunidades aseguren contra terremotos sus áreas comunes. Administradores de edificios piden estudiar otras opciones.
Felipe Álamos U. En el Senado existe un proyecto de ley que pretende sustituir el inciso primero del artículo 36 de la Ley 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria. La idea: obligar a que todos condominios se aseguren contra sismos.
Se propone que el texto legal quede así: “Todas las unidades de un condominio deberán estar aseguradas contra riesgo de incendio y terremoto incluyéndose en el seguro los bienes de dominio común en la proporción que correspondan a la respectiva unidad; este seguro deberá cubrir además los riesgos de daños que a terceros puedan ocasionar las estructuras del edificio, por un monto mínimo del 10% del valor de reposición del edificio y la demolición total o parcial de éste ordenada por la autoridad competente por un monto igual al de reposición del edificio”.
abril 5th, 2011
admintue ¿Qué se considera un ruido molesto?
Todos aquellos ruidos que excedan los niveles máximos permitidos por la ley, causando molestia al vecindario y afectando la calidad de vida. La legislación chilena considera que el ruido máximo para las zonas residenciales debe ser de 55 decibeles en horario de 7 a 21 horas -que equivale al ruido que produce el aire acondicionado de ventana, por ejemplo-, y de 45 de 21 a 7 horas, que equivale el ruido de una calle sin tanto tráfico.
Para hacerse una idea, una conversación normal tiene en promedio 60 decibeles, una aspiradora produce 70 decibeles; una motocicleta entre 100 y 110 y una discoteca 120 decibeles.
abril 5th, 2011
admintue La constructora tiene horarios de trabajo establecidos con anterioridad al inicio de la construcción, que debe poner en conocimiento de la Dirección de Obras Municipales y respetar.
El artículo 21 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria Nº 19.537 y el artículo 24, inciso 3º de su reglamento, precisan que sólo pueden ser designados miembros del comité de administración dentro de un condominio, las personas naturales que sean propietarias en el conjunto de viviendas, o sus cónyuges.
Asimismo, tienen derecho a formar parte de esa organización, los representantes de las personas jurídicas con calidad de dueñas de la propiedad. Estas últimas deben contar con un mandato general de administración.
Como complemento es necesario saber que el artículo 24 del D.S. 46 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo establece que los miembros del comité tienen que concurrir personalmente a sus reuniones; es decir, es un cargo que no se puede delegar en otra persona.
abril 5th, 2011
admintue Los copropietarios de un edificio o condominio están sujetos a las disposiciones del reglamento de copropiedad. En él se fijan los horarios y días para la realización de fiestas o reuniones en los departamentos, pérgolas o pisicinas (los espacios comunes de que disponga el edificio).
Cuando se enfrenta a un vecino que tiene una “reputación” que mantener en materia de celebraciones, que no respeta las normas ni a los demás residentes, lo primero que se debe hacer es reclamar ante el administrador del edificio o del condominio y solicitar que quede constancia o se levante un acta.
abril 5th, 2011
admintue Esta semana los medios de comunicación han hablado mucho respecto a la nueva normativa de ascensores y las modificaciones a la ley que regirán de ahora en adelante, situación a la que Tuedificio.cl no quedo ajeno y les llevamos un artículo que aborda el tema.
Con el fin de mantener a nuestros lectores informados, es que dejamos en este articulo la ley que regula la INSTALACIÓN,MANTENCIÓN E INSPECCIÓN PERIÓDICADE LOS ASCENSORES Y OTRAS INSTALACIONES SIMILARES, extraída del Diario Oficial![]()
abril 5th, 2011
admintue Cada día son más las comunidades las que confían en el servicio de administración de edificios que ofrece Tuedificio.cl porque no solo administramos, sino que orientamos a la comunidad en el correcto funcionamiento de esta, asegurándonos de que todos los aspectos legales y operacionales estén siendo cumplidos y si no, otorgando las herramientas necesarias para regularizar la operación del edificio a fin de que los copropietarios no sufran la desvalorización de sus departamentos por una mala gestión en la administración del edificio.
Nuestra trayectoria nos ha demostrado que existe un desconocimiento de la ley por parte de las comunidades, lo cual puede llevar al desembolso de altas sumas de dinero en multas, lo cual es completamente evitable si se trabaja de la mano de una buena asesoría y un administrador involucrado con los recursos de la comunidad, situación de la que estamos preocupados día a día y que nos ha llevado a ganar la confianza de nuestros clientes.
abril 5th, 2011
admintue Ley 20.296, que regula su mantención, entró en vigencia hace un año, pero se dio plazo para que empresas se inscribieran. Sólo lo han hecho cuatro.
Extraído de ElMercurio.cl:
Un sello colocado en un lugar visible del ascensor y su revisión mensual por una empresa certificada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo son algunas de las exigencias que regirán a partir de este domingo a las 00:00 horas, cuando se ponga en marcha la Ley 20.296, que por primera vez regula la instalación, mantención e inspección periódica obligatoria de los más de 30 mil ascensores que existen en nuestro país de acuerdo con el Minvu.
abril 5th, 2011
admintue El “acceso a clientes” es un espacio diseñado para que los clientes que lo soliciten puedad acceder en linea a la informacion de su comunidad, teniendo de esta manera un “diario mural” virtual que revisar desde cualquier lugar sin necesidad de depender de la informacion publicada en forma fisica.
A traves de esta herramienta podras revisar la informacion de tu comunidad solo teniendo una conexion a internet, pudiendo ver cosas como:
- Estados de Cuenta
- Gasto comun y sus detalles
- Avisos de la comunidad
- Circulares de la Comunidad
- Reglamentos de copropiedad